Club Academia Tactical Extreme

En el Club Academia Tactical Extreme nos dedicamos a la instrucción y formación en el manejo seguro de armas de fuego. Nuestro objetivo principal es capacitar a nuestros miembros en el uso responsable y eficiente de las armas, así como mantenerlos actualizados en las mejores prácticas y normativas del día a día.

Estamos autorizados por la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) y nuestros instructores cuentan con certificaciones otorgadas por esta entidad. Además, contamos con un equipo administrativo y logístico de alto estándar que garantiza la calidad y la seguridad en todas nuestras actividades.

Ofrecemos una variedad de cursos que abarcan desde la introducción al manejo de armas hasta entrenamientos avanzados, asegurando que nuestros participantes adquieran las competencias necesarias para su seguridad y la de los demás.

REGLAMENTO INTERNO DEL CLUB ACADEMIA TACTICAL EXTREME EN CUANTO A SU ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y SEGURIDAD DEL POLIGONO DE TIRO

El reglamento interno de nuestro club y polígono de tiro con armas de fuego es esencial para garantizar la seguridad, el buen funcionamiento y la organización de las actividades y una sana convivencia. A continuación, presentamos nuestra estructura de reglamento interno:

TITULO I: DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS

Art. 1. El socio declara tener conocimiento del empleo y uso seguro del arma que utilizará en el polígono de tiro. Para acreditar esta circunstancia, deberá agendar una evaluación práctica de tiro en nuestras instalaciones previo a su primera practica de tiro. En el caso que los instructores observen que no toma las medidas de seguridad adecuadas, por su propia seguridad y la de los demás socios, se le solicitará que asista a un curso de instrucción de tiro.

Art. 2. Los socios deberán hacerse responsables de las personas que inviten al polígono de tiro asegurándose que cumplan con todas las medidas de seguridad. Por la seguridad de los socios y los invitados, no podrá haber más de dos personas en cada línea de tiro, disparando una a la vez.

Art. 3. Será responsabilidad de cada socio mantener sus permisos y credenciales vigentes y en cumplimiento con las leyes vigentes y contar con la guía de libre transito de su armamento si tuviere.

Art. 4. Los socios estarán obligados a presentar todos los antecedentes, permisos y padrones solicitados por la administración del club al momento de hacer ingreso a las canchas de tiro. En el caso de presentarse alguna disconformidad con la normativa vigente por la Ley de Control de Armas y su reglamento, el socio no podrá hacer uso del polígono de tiro.

Art. 5. Para hacer uso de las instalaciones los socios deberán mantener su membrecía vigente pagando las tasas correspondientes según el documento “Listado de Valores Club de Tiro”, valores que podrán reajustar anualmente (en no más de 0,5 UF) si el directorio así lo dispusiera. En el caso que el socio mantenga su membrecía vencida y no la renueve por un período de 1 año continuo, su calidad de socio del Club Academia Tactical Extreme caducará de pleno derecho, sin más trámite y sin necesidad de posterior notificación, eliminándose por consiguiente de todo registro del Club.

Art. 6. Todo socio, sin excepción, y sus respectivos invitados deberán acatar todas y cada una de las medidas de seguridad establecidas para el uso de las instalaciones del club de tiro. El no cumplimiento de estas normas faculta a la administración del Club Academia Tactical Extreme para solicitar que tanto el socio como sus visitas hagan abandono de las instalaciones. De incurrir en faltas reiteradas y graves se podrá caducar la membrecía del Club de Tiro.

Art 8. En el caso que todas las líneas de tiro se encuentren ocupadas se limitará el tiempo de uso de la línea a un máximo de 30 minutos para dar oportunidad de que todos los socios hagan empleo de las instalaciones.

Art. 7. Todo socio está obligado a cuidar, en todo momento, la infraestructura, artefactos, bienes e implementos de tiro y seguridad que sean propiedad del Club.

Art.9. Para el funcionamiento, mantención, administración, adquisición de bienes y cualquier activo o gasto del Club Academia Tactical Extreme, se cobrará a cada socio una cuota de membresía y una cuota mensual la cual será fijada por el directorio y según su acta de constitución, el no pago oportuno de sus obligaciones pecuniarias, se considerará una falta la cual será sancionada por la comisión de disciplina, la cual puede considerarse leve, menor o grave. Estas sanciones serán entregadas via mail a través del presidente quien actúa como ministro de fé.

Art. 10. Por medida de seguridad y por salubridad de las instalaciones, los socios que hagan uso de las instalaciones deberán usar los basureros respectivos o llevar sus bolsas de basura y llevarlas para su domicilio y extracción, adicionalmente los socios deberán limpiar su lugar de tiros retirando los casquillos utilizados en sus prácticas.

Art. 11. Los socios que estén tramitando su incorporación al Club que quieran hacer uso de las instalaciones antes de la aprobación del directorio o sus representantes, deberán cancelar previamente el uso de arma, la munición y el derecho de uso de cancha según Lista de Valores del Club.

Art. 12. Si como consecuencia del descuido o la mala manipulación del arma deportiva, el socio corta la línea de tiro o el gancho de anclaje del blanco, deberá pagar, para efectos de su posterior reparación, el valor de 0,72 UF o 0,36 UF según sea el caso.

TITULO II MEDIDAS DE SEGURIDAD Y OTRAS DECLARACIONES LEGALES

Art. 13. El socio por este instrumento declara que se encuentra físicamente apto y no presenta condiciones de salud o cualquier otro tipo de problema que impida el desarrollo normal de la práctica de tiro. Así mismo, queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas y todo tipo de drogas, incluidas aquellas de prescripción médica que afecten su visión y velocidad de reacción.

Art. 14. El socio declara estar en conocimiento de la normativa vigente para el proceso de Inscripción, tenencia y posesión de Armas de Fuego, por lo que no podrá excusarse respecto de sus obligaciones, exigencias y requisitos contemplados en la Ley. Así mismo, declara que no posee antecedentes penales ni policiales que la Ley de Control de Armas y su Reglamento complementario consideren incompatibles con la tenencia y posesión de armas de fuego.

Art. 15. El socio deberá dar cumplimiento en todo momento con lo dispuesto en la ley 17.798 de Control de armas y su reglamento en cuanto a la adquisición, uso y traslado de armas de fuego y municiones. La inscripción en el Club de tiro no habilita por si sola para trasladar el arma al polígono de tiro debiendo siempre contar con un Permiso de Transporte deportivo vigente y la respectiva inscripción del arma como deporte.

Art. 16. Club Academia Tactical Extreme no se hace responsable por el mal uso del polígono de tiro y por la incorrecta manipulación del arma de fuego y las municiones que pueda efectuar el socio en sus instalaciones. El tiro deportivo es un deporte y el tiro defensivo que no implica mayor riesgo mientras se sigan las medidas básicas de seguridad y las instrucciones dadas por el personal del club de tiro.

Art. 17. El socio se hace plenamente responsable por cualquier tipo de lesión y daños que pudiera causar tanto al instructor como a terceras personas que circulen por las instalaciones. De igual manera, se hace responsable del correcto uso de las armas y del resto del mobiliario, respondiendo personalmente de todo daño que pueda causar.

Art. 18. En el uso del “polígono abierto” los socios se comprometen a respetar las leyes y normas medioambientales y a no disparar ni herir a ningún animal que aparezca dentro de las instalaciones del polígono o en las zonas externas o colindantes al recinto.

Art. 19. El Instructor está facultado para solicitar el retiro o abandono del polígono de tiro a los socios que no den cumplimiento a las instrucciones dadas por este o a la normativa legal.  Y el enviara el debido reporte al presidente del club con el fin que este tome las medidas si corresponde notificar a los comités de disciplina, Comisión de cuentas y Protocolo 22, según sea la falta para que estos den en un plazo no mayor de 10 días hábiles un informe y la aplicación de penalidades respectivas que pueden ser de índole pecuniaria, administrativa, expulsión, según el caso respectivo.

Art. 20. El socio acepta puede firmar este reglamento si lo necesitase para efectos del club basta solo con el hecho de pertenecer a el conocimiento de este y su comprensión que el Club Academia Tactical Extreme pueda hacer entrega de sus antecedentes personales a las policías, fiscalía o tribunales de justicia cuando estas instituciones lo requieran.

Art. 21. Club Academia Tactical Extreme se reserva el derecho a caducar o no renovar las membresías de los socios que se encuentren condenados o hayan sido formalizados en causas de la Ley de Drogas o por Violencia Intrafamiliar. Así mismo, el Club podrá no renovar las membresías de los socios que nunca se hayan presentado a practicar en nuestro polígono de Tiro.

Art. 22. El presente reglamento fue suscrito conforme a la ley vigente al momento de pertenecer al club, por lo que cualquier cambio en la legislación nacional que modifique, restrinja o prohíba la tenencia de armas de fuego o la práctica deportiva será asumido directamente por el socio por tratarse de situaciones que el Club no puede controlar, sin derecho a restitución de ninguna especie.

Art. 23. El socio deberá dar estricto cumplimiento a las medidas de seguridad impartidas por el personal del Club, que a continuación se detallan y que el socio declara haber leído, comprendido y aceptado en este acto.

  1. Considere el arma como siempre estuviese cargada.
  2. Nunca apunte el arma a una persona.
  3. Mantenga siempre el dedo fuera del disparador.
  4. Las armas se deben transportar dentro del Club descargadas y dentro de su respectiva caja o bolso.
  5. Se autoriza un máximo de dos personas por cabina de tiro.
  6. El uso de protección auditiva y ocular es obligatorio, al igual que el chaleco antibalas en las prácticas compartidas.
  7. Presione el disparador solo cuando se encuentre en la línea de tiro con el cañón del arma dentro de la cabina y con los aparatos de puntería sobre el blanco.
  8. Asegúrese que el cañón del arma no esté obstruido antes de comenzar a disparar.
  9. Una vez terminada la secuencia de tiro descargue el arma retirando el cargador y expulse las balas de la recamara, percute el arma en seco apuntando al blanco y luego déjela en la mesa dispuesta para ello.
  10. j. Queda prohibido a los socios tomar iniciativas de riesgo dentro del polígono de tiro como disparar en movimiento, encandilar con luces, disparar en simultaneo con otras personas, entre otras.
  11. Está estrictamente prohibido a los socios o invitados dar instrucción de tiro a sus invitados u otros socios.
  12. Queda prohibido grabar o fotografiar el interior del polígono de tiro sin previa autorización de los instructores a cargo.

TITULO III: DE LA SANA CONVIVENCIA Y RESPETO DE LOS SOCIOS

Art. 24.  El socio declara saber y comprender los estatutos, sobre la constitución del Club Academia Tactical Extreme. Respetando esta y las respectivas actas entregadas por su dirección.

Art. 25. El socio se obliga a mantener en reuniones oficiales, extraoficiales, juegos deportivos, manifestaciones, reuniones extraprogramáticas, reuniones extraordinarias, reuniones ordinarias y en todo evento relacionado con el club una conducta de respeto a sus socios, miembros, invitados y cualquier persona que asista.

Art. 26. El socio ante una situación de consulta, queja, recomendaciones deberá realizarla al presidente del Club, quien responderá o en su caso entregara a alguna de sus comisiones una respuesta.

Art. 27. En caso de existir un problema entre socios, tratos denigrantes, insultos, falta a la verdad, la mala convivencia, provocación o alteración, menoscabo de algún socio, entre otros actuaran en forma automática las comisiones de disciplina y comisión de protocolo 22, entregando un informe al presidente para que comunique los acuerdos y decisiones tomadas por estos en reunión propias de cada caso, para que este de comunicado de las sanciones que pueden considerarse leves o graves.

Art. 28. Las comisiones de disciplina y protocolo 22, tienen la facultad de tomar decisiones administrativas hacia los socios que impliquen una sanción que estos estimen adecuada al tipo de penalidad que ellos estimen, y es su obligación entregar al presidente del club en un plazo no mayor a 10 dias hábiles el informe y sanción que deberá informar tanto a los afectados como a los socios del Club. En caso de que se requiera más plazo la comisión solicitara al presidente que de un plazo mayor que no podrá exceder de 10 días hábiles más.

Art. 29. Todo socio que considere que la penalización informada por las comisiones encuentre injusta, podrá apelar al presidente, facultando ha este a solicitar reunión extraordinaria para tratar el caso con la directiva general, quienes en un plazo de 10 días hábiles entregaran la respuesta a su apelación aceptándola o rechazándola.

Art. 30. Cualquier socio puede comunicar al presidente su malestar frente a comportamientos, hechos, malos tratos, mantención de una convivencia sana u otras que el considere apropiado comunicar para que el presidente tome alguna decisión al respecto o derive a una o todas las comisiones para que proclamen la acción a seguir e interponer esta en las juntas del club.

Art. 31. El Club Tactical Extreme se reserva el acto de proteger, asistir, comunicar, asesorar, guiar, asesorar legalmente a algún socio que estime conveniente, así mismo, deja en libertad a cada socio en realizar acciones legales particulares que el club considere procedente.

Art. 32. El Club Tactical Extreme no se responsabiliza por actos cometidos por sus socios fuera de su polígonos o futuros polígonos, entrenamientos no autorizados, participaciones particulares de tiro, uso del arma fuera de su recinto. El Club acatara los juzgados respectivos a estos hechos respecto a un socio o miembro.

Art. 33. El Club Academia Tactical Extreme se obliga a mantener y proporcionar un ambiente ameno y seguro dentro del Club y dispondrá siempre información cuando se le requiera.

Los Socios pertenecientes declaran conocer y aceptar las condiciones del presente Reglamento Interno, cuya copia podrá consultar y descargar en el sitio www.tacticalextreme.cl

Los canales de comunicación serán a través de:

Consultas Generales: alumnos@tacticalextreme.cl

Presidente:                       abarrientos@tacticalextreme.cl

Secretario:                       rojeda@tacticalextreme.cl

                                               CLUB ACADEMIA TACTICAL EXTREME

                                                              RUT N° 65.234.642-1

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